Alertan encarecimiento del transporte terrestre por resurrección de tabla de fletes

Reaparecieron con una reciente resolución del Ministerio de Transporte. Aseguran que fue el costo que pagó el Gobierno para terminar con el paro camionero.

Photographer: Karel Navarro/Bloomberg
11 de agosto, 2021 | 05:03 PM

Bogotá — Mucha preocupación en la industria colombiana generó una resolución que acaba de expedir el Ministerio de Transporte con la cual revivió los denominados fletes del transporte terrestre.

La norma señala que “tiene por objeto actualizar el protocolo del Sistema de Información de Costos Eficientes para el Transporte Automotor de Carga (en adelante SICE-TAC) contenido en el Anexo de la presente resolución, el cual hace parte integral de la misma”.

Pero lo que más preocupa es el artículo segundo que establece que el precio no puede ser inferior al establecido en la norma. En concreto dice que “en virtud del artículo 2 del Decreto 2228 de 2013. Costos Eficientes de Operación publicados en el SICE-TAC son de obligatorio cumplimiento, por lo que no puede efectuarse pago por debajo de los mismos. Esta disposición es exigible a los actores de la cadena del servicio público del transporte automotor de carga para las tipologías vehiculares previstas en la presente resolución”.

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Al respecto Javier Díaz, presidente de las Asociación Nacional de Exportadores (Analdex), explicó que “la reglamentación que teníamos sobre el Sice TAC establecía que era un precio de referencia. Si usted conseguía unos costos eficientes, conseguía unas eficiencias adicionales, entonces usted podía pagar por debajo del ese precio de referencia y lo que tenía era que guardar los documentos, los soportes para que, si el día de mañana había una investigación, usted pudiera demostrar por qué pagó por debajo”.

La nueva resolución del MinTransporte derogó la 2502, expedida en 2015, en la cual se establecía cuál debía ser el protocolo de actualización del Sice-TAC.

“Si yo logro una negociación en la cual no soy un generador de carga común y corriente, sino que genero carga de compensación y no tengo horarios de recibo entonces puedo demostrar mis eficiencias y podría pagar por debajo. A raíz del paro con los transportadores, ahorita en mayo, la ministra se reunió con unos transportadores de unos gremios pequeños, y negoció que el Sice-TAC no será una referencia sino un piso y que por eso no se podrá pagar por debajo. Entonces en la práctica volvimos a la tablad e fletes y no se puede pagar por debajo de esos precios”, agregó Díaz.

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Sin embargo, Alberto Palma, vocero de Familia Camionera aseguró que “es un logro de la familia camionera porque le permite al camionero tener certeza de cuánto cuesta la operación del camión. Los intermediarios de transporte se apropiaron de la carga y tienen quebrado al camionero. Por eso empezamos la lucha para reconocer los costos mínimos de la operación de un camión, según el trayecto de la vía y el tipo de mercancía que transporta”.

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El presidente de Analdex asegura que “para que no les hicieran paro tuvieron que negociar eso. Eso encarece todo el transporte porque premia a los ineficientes, y a los eficientes que generaban un transporte más barato, no lo podrán hacer y eso lo que hará es que las empresas busquen tener su propia flota de camiones y eso es ir en contra de la tendencia mundial que es la de tercerizar esa operación”.

Y Alberto Palma le da razón pues asegura que la resolución es una de las luchas del paro. “Tuvimos que hacer paro y la ministra se comprometió a que el Sice TAC es lo mínimo que un intermediario de carga le debe pagar a un transportador. Quienes se oponen a eso son los que le roban al camionero el flete, todas las empresas intermediadoras de carga, que no son de transporte, se apropiaron de la carga y le roban el flete al camionero, hasta el 50% del flete que paga el generador de la carga”.

Ahora, según la norma, la actualización de los rendimientos y de la canasta de costos variables se realizará de acuerdo con la estructura de costos de operación vehicular para el transporte de carga, con el acompañamiento del Observatorio de Transporte de Carga por Carretera OTCC.

Además, establece que los resultados del índice de Costos de Transporte de Carga por Carretera - ICTC, se incorporarán al modelo de cálculo del sistema una vez sean consolidados y aprobados por la Oficina de Regulación Económica del Ministerio de Transporte.

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Se actualizará por la Oficina de Regulación Económica del Ministerio de Transporte, en periodos mensuales para los costos variables y en periodos anuales para los costos fijos, con base en los datos oficiales que son publicados por otras entidades públicas y/o privadas a nivel nacional.