Apoyar firmas afectadas por el paro de Colombia, entre lo nuevo de la tributaria

El proyecto de ley fue radicado con 35 artículos, pero el texto se modificó y llegará a primer debate con un total de 56.

Demonstrators shout slogans during an anti-government protest in Bogota, Colombia, on Tuesday, July 20, 2021. Unions have organized nationwide protests on Colombia's Independence Day, as thegovernment presents a new tax bill to Congress after the last proposal was withdrawn amid a backlash. Photographer: Carlos Bernate/Bloomberg
24 de agosto, 2021 | 10:40 AM

Bogotá — El Ministerio de Hacienda confirmó que fue radicada la ponencia para primer debate de la nueva reforma mediante la cual se buscan $15,2 billones. Hay 26 artículos nuevos entre los cuales se contempla uno que busca dar apoyo a firmas afectadas por el paro nacional.

Para tener claras las cuentas respecto a los artículos vale decir que el pasado 20 de julio el proyecto de ley fue radicado con 35 artículos, pero se eliminaron 5 y se agregaron 26. Con esto el nuevo texto quedó con 56 artículos en total.

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“Esta iniciativa sigue siendo la estructura de protección social más importante que se haya diseñado en el país, que junto con otros programas sociales diseñados por el Gobierno nacional, beneficia a 25 millones de colombianos, mantiene las rentas permanentes que garanticen la reducción del déficit fiscal y la deuda pública, contribuyendo a la sostenibilidad de las finanzas públicas de nuestro país”, dijo el ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo este martes.

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¿Qué se incluyó?

Según el texto de la primera ponencia de la reforma tributaria, estos son los nuevos artículos del proyecto:

  1. Apoyo a empresas afectadas por el paro nacional: el Gobierno dará un aporte correspondiente al 20% de un salario mínimo legal para apoyar el pago de obligaciones laborales de mayo y junio de 2021 a los empleadores. Los solicitantes deberán soportar la disminución del 20% o más de sus ingresos frente a los obtenidos en marzo de 2021.
  2. Sanción de sustancias psicoactivas: se establece que en el examen de alcoholemia efectuado a conductores se verifique la presencia, no solo de alcohol sino de cualquier otro tipo de sustancias. Se impondrá la sanción más alta cuando se encuentren sustancias psicoactivas en el organismo del conductor.
  3. Mecanismos para facilitar la administración de bienes de la Sociedad de Activos Especiales (SAE): se propone la creación de dos mecanismos para realizar la valoración de activos, tanto de inmuebles como de sociedades, que son administrados por la SAE, cuya finalidad es lograr la enajenación a un precio de mercado más apropiado para esta clase de activos.
  4. Enajenación temprana - SAE: se permite la aplicación de la figura de enajenación temprana a los inmuebles que la SAE - Frisco actualmente tenga en administración por cinco años o más contados a partir de su recibo material o ingreso al sistema de información de la SAE.
  5. Inscripción en los registros públicos de actos administrativos asociados a los bienes administrados por la SAE: se ordena la inscripción de los actos de transferencia de dominio de los activos comercializados por el Frisco, previamente al acto de venta y registro de la transferencia. El SAE deberá informar a los adquirentes de los beneficios y posibles efectos y contingencias de la compra e inscripción en del inmueble en dichos términos.
  6. Movilización activos de la Central de Inversiones (CISA): todas las entidades financieras de carácter estatal, excepto algunas específicas, deberán transferirle al CISA los bienes inmuebles de sus propiedad que no requieran para que este los pueda comercializar.
  7. Devolución automática de saldos a favor: se incluirá una nueva causal para la devolución automática de saldos a favor originados en el impuesto sobre la renta y sobre las ventas.
  8. Aumento en el subsidio de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional: el Gobierno buscará que el monto del subsidio de Colombia Mayor se incremente gradualmente hasta alcanzar el equivalente a la línea de pobreza extrema nacional calculada por el Dane. El aumento estará sujeto a disponibilidad presupuestal.
  9. Ampliación del Paef e incentivo al empleo a cooperativas de trabajo asociado: se establece que las Cooperativas de Trabajo Asociado podrán ser beneficiarias del Programa de Apoyo al Empleo Formal (Paef). Aplicará el límite máximo de 50 trabajadores.
  10. Condiciones para ser sujetos pasivos del Régimen Simple: se incrementa el límite de ingresos brutos, como condición para ser sujeto pasivo y acceder al régimen de tributación Simple, pasando de 80.000 UVT anuales a 100.000 UVT.
  11. Ajuste en el umbral de la tarifa del Simple: se ajusta el monto del último umbral previsto en las 4 tablas de tarifas diferenciales del impuesto Simple para incorporar 100.000 UVT en lugar de 80.000 UVT. En el mismo sentido, se modifican las tablas de tarifas de los anticipos bimestrales.
  12. Inscripción en el Régimen Simple: se modifica la fecha para acogerse al Simple hasta el último día hábil del mes de febrero del año gravable.
  13. Regulación de topes en estampillas territoriales: se propone establecer un plazo de dos años contados a partir del 1 de enero de 2022 para la presentación de un proyecto de ley relacionado con el establecimiento de límites a las estampillas que se imponen sobre un mismo acto o negocio.
  14. Créditos directos a las entidades territoriales: se autoriza a Findeter para otorgar créditos directos a las entidades territoriales, para financiar gastos y/o proyectos de inversión en sectores sociales.
  15. Obras por impuestos: se incluyen dentro de los proyectos que pueden ser financiados con obras por impuestos aquellos que tengan altos índices de pobreza, que carezcan de infraestructura para la provisión de servicios públicos domiciliarios, aquellos que estén localizados en las zonas no interconectadas y las Áreas de Desarrollo Naranja.
  16. Incentivos para empresas de economía naranja: se busca reducir el plazo de aplicación del beneficio de 7 a 5 años y extender hasta junio de 2022 el plazo que tienen las sociedades para ser constituidas e iniciar su actividad económica para acceder al incentivo.
  17. Reducción transitoria de sanciones y tasas de interés por parte de la Dian y entidades territoriales: con esto se busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones que tienen los contribuyentes con el Estado, permitir mayores ingresos al Estado y apoyar la reactivación económica del país al darle mayor flujo de caja a los cobijados por el artículo.
  18. Conciliación contencioso administrativa: se faculta a la Dian para realizar conciliaciones en procesos contencioso-administrativos en materia tributaria, cambiaria y aduanera. También se faculta a los entes territoriales y a las corporaciones autónomas regionales para realizar estas conciliaciones.
  19. Terminación por mutuo acuerdo: entre otras cosas, se incluye la posibilidad de suscribir acuerdos de pago por parte de los contribuyentes que decidan acogerse a la terminación por mutuo acuerdo. Los pagos no podrán exceder los 12 meses contados a partir de la suscripción del respectivo acuerdo de pago.
  20. Principio de favorabilidad en etapa de cobro: se aplica el principio de favorabilidad dentro del proceso de cobro a solicitud del contribuyente quien con corte al 30 de junio de 2021, tengan obligaciones fiscales a cargo que presten mérito ejecutivo.
  21. Beneficio de la autoría: para los periodos gravables 2022 y 2023 los contribuyentes podrán reducir el término de firmeza de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios a 6 o 12 meses, según el caso, si incrementan su impuesto neto de renta en un porcentaje mínimo (35% o 25%, respectivamente) en relación con el impuesto neto de renta del año inmediatamente anterior.
  22. Líneas de crédito con tasa compensada: el Gobierno diseñará líneas de redescuento a través de Findeter y Bancóldex dirigidas a empresas y entidades territoriales que busquen invertir en proyectos productivos.
  23. Modificación límite de uso de recursos del Sistema General de Regalías (SGR): para el bienio 2021-2022 las instancias competentes en el SGR podrán aprobar proyectos de inversión hasta el 90% de las apropiaciones presupuestales de los ingresos corrientes asignadas en la Ley de Regalías.
  24. Modificación literal J del artículo 428 del Estatuto Tributario: se modifica el literal en mención con el fin de precisar el ámbito de aplicación del beneficio. El artículo 428 del estatuto trata de las importaciones que no causan impuesto y el literal j incluye la importación de bienes objeto de envíos o entregas urgentes cuyo valor no exceda US$200 a partir del 10 de enero de 2014.
  25. Plan de austeridad: se establece que el Gobierno deberá implementar un plan de austeridad durante 2022-2032 que permita reducir la burocracia estatal y generar eficiencias en el uso de los recursos.
  26. Vigencias futuras: se contempla la posibilidad de que el Confis autorice las vigencias futuras para el desarrollo de proyectos de infraestructura definidos como de importancia estratégica.

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