El 26% de la tributaria que llega a segundo debate en Colombia es nueva

La discusión y votación el proyecto de ley se citó para hoy a las 9 de la mañana en la Plenaria del Senado. Así quedaron los ajustes del texto.

José Manuel Restrepo, ministro de Hacienda de Colombia, se prepara para el debate de la nueva tributaria en plenarias del Congreso.
07 de septiembre, 2021 | 07:00 AM

Bogotá — Dos semanas después de que la nueva reforma tributaria fuera aprobada en su primer debate, el texto llega de nuevo al Congreso, esta vez, para su debate en las plenarias. En el Senado el debate se citó para las 9 de la mañana.

Dado que la iniciativa cuenta con mensaje de urgencia, el Gobierno espera que su aprobación se dé en los próximos días. La propuesta inicial del Ejecutivo, radicada el 20 de julio con 35 artículos, pretendía recaudar más de $15 billones pero con los ajustes planteados desde el Legislativo la meta de recaudo cambiaría, sin embargo, desde Hacienda no han especificado en cuánto.

Ver más: Tributaria en Colombia, estos son los artículos que llegan al segundo debate

Este martes la iniciativa llega con 61 artículos para ser debatidos, de esos, 45 no fueron modificados, 10 sí y 6 son nuevos. Vale mencionar que en el primer debate en las Comisiones Económicas Conjuntas del pasado 25 de agosto se aprobaron 55 artículos.

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Estos son los artículos que se modifican:

  • Artículo 8 (en el texto aprobado de primer debate era el artículo 30): Este hace parte del capítulo 3 sobre otros ingresos y busca darle mecanismos a la Sociedad de Activos Especiales (SAE) para facilitar la venta de los bienes que tiene a su cargo. En los cambios se propone que la SAE otorgue derecho de preferencia en la compra a entidades de derecho público en el caso de participaciones accionarias o de capital, sociedades o establecimientos de comercio. Además, busca que se establezcan parámetros para que quienes tengan arrendados los inmuebles cuenten con la primera opción de compra.
  • Artículo 13 (artículo 9 en el texto aprobado en primer debate): Este hace parte del compilado de artículos sobre mecanismos de lucha contra la evasión. Entre los ajustes propuestos está que en la nueva herramienta de la Dian denominada Radian, creada para impulsar la factura electrónica como título de valor y para que las empresas puedan acceder a nuevas formas de financiación y de liquidez a través del factoring digital, se puedan inscribir los sujetos no obligados a expedir factura.
  • Artículo 28 (artículo 20 en texto aprobado en primer debate): este hace parte del paquete de medidas para la reactivación económica y trata específicamente del apoyo a los sistemas de transporte masivo. Se busca ampliar el beneficio de cofinanciación del déficit operativo de los sistemas de transporte masivo a los sistemas estratégicos de transporte para que el apoyo estatal llegue a las ciudades intermedias. El valor a cofinanciar deberá estar acorde con el Marco Fiscal de Mediano Plazo.
  • Articulo 29 (artículo 21 en el texto aprobado en primer debate): este también hace parte del paquete de reactivación económica, específicamente trata de los créditos de tesorería para las entidades territoriales y sus descentralizadas para atender la insuficiencia de caja temporal en gastos de funcionamiento y de inversión. El cambio propuesto precisa que los créditos se podrán pagar en la siguiente vigencia fiscal a aquella en que se contratan y ya no antes del 31 de diciembre de la vigencia fiscal en que se contratan.
  • Artículo 30 (artículo 22 en el texto aprobado en primer debate): también hace parte del paquete de medidas de reactivación y trata específicamente de los créditos para dicho fin. Entre los cambios propuestos se establece que para celebrar créditos de endeudamiento externo las entidades territoriales pueden contar con mínimo un escalón inferior al de la calificación de la Nación, y para el caso del endeudamiento interno hasta dos escalones debajo de la calificación otorgada por las calificadoras de riesgos.
  • Artículo 33 (artículo 42 en el texto aprobado en primer debate): hace parte del grupo de medidas para reactivar la economía y trata de los créditos directos de Findeter. El ajuste propuesto establece que por una temporalidad determinada con cargo a la Asignación para la Inversión Regional del Sistema General de Regalías se podrán efectuar operaciones de crédito público para financiar proyectos de importancia estratégica a través de Findeter.
  • Artículo 44 (artículo 45 en el texto aprobado en primer debate): trata de la conciliación en procesos contenciosos-administrativos y hace parte del paquete de reactivación. El cambio precisa el ámbito de aplicación de la medida, indicando que podrán beneficiarse aquellas personas con deudas y obligaciones cuyo incumplimiento se haya ocasionado o agravado con ocasión de la pandemia y se elimina la obligación de suscribir una certificación bajo la gravedad de juramento en la que se indique que las obligaciones en mora son producto de la llegada del Covid-19.
  • Artículo 52 (artículo 54 en el texto aprobado en primer debate): hace parte de las medidas de reactivación y trata de las vigencias futuras. Se precisa que a los proyectos de infraestructura definidos como de importancia estratégica que podrán extender el tiempo de aplicación de las vigencias futuras no les serán aplicables determinados requisitos contractuales y de estructuración del artículo 26 de la Ley 1508 de 2012 que estableció el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas (APP).
  • Artículo 59 (artículo 29 en el texto aprobado en primer debate): este hace parte de las disposiciones finales y trata de la adición de $10,9 billones para el Presupuesto de 2021. Entre los cambios propuestos está modificar la distribución sectorial de algunos de los rubros. En el texto aprobado en primer debate se contemplaba adición presupuestal para 14 entidades y ahora serán 20. Entran en la lista: Hospital Militar, Policía Nacional, Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap), Mineducación, Minvivienda y Ministerio del Deporte.
  • Artículo 61: con el ajuste propuesto se adiciona la extensión hasta el 31 de diciembre de 2022 del beneficio de la exclusión de IVA en relación con el incentivo de premio inmediato de los juegos de suerte y azar territoriales contemplado en el artículo 1 del Decreto 808 de 2020. Vale decir que este tema en específico no se encuentra puntualmente en el texto aprobado en primer debate, pese a que se indica que sí fue incluido y será modificado.

Ver más: Congreso de Colombia aprobó la reforma tributaria en primer debate

Por último, hay que mencionar que según el documento que llega al debate, de 61 artículos propuestos el 57% del texto (35 artículos) que se discutirá contempla propuestas para fortalecer el gasto social y reactivar la economía como la ampliación temporal del Programa de Apoyo al Empleo Formal (Paef), ajustes al Ingreso Solidario, incentivos a la creación de nuevos empleos, entre otros.

Otro 11% (7 artículos) corresponde a mecanismos de lucha contra la evasión, mientras que el 2% (1 artículo) trata del plan de austeridad y eficiencia en el gasto. Con estos tres grandes rubros mencionados se abarca el 70% del articulado, el resto trata de medidas en materia de ingresos, de ajustes a la regla fiscal y de disposiciones finales.

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