Multa a Global Securities en Colombia por emplear profesionales no certificados

La comisionista fue multada y amonestada por el AMV por haber tenido, al menos, 6 empleados en roles para los cuales no tenían las certificaciones requeridas

La multa y la amonestación se produjo en el marco de un Acuerdo de Terminación Anticipada. Fotógrafo: SeongJoon Cho/Bloomberg
06 de enero, 2022 | 04:00 AM

Bogotá — El Autorregulador del Mercado de Valores le impuso una multa de $54,5 millones y una amonestación a la comisionista de bolsa colombiana Global Securities por haber tenido al menos 6 empleados en roles para los cuales no tenían las certificaciones necesarias.

En desarrollo de un ejercicio remoto de supervisión practicado por AMV a Global Securities entre el 30 de octubre y el 4 de noviembre de 2020, se observó que, con ocasión de la renuncia del gerente de riesgos de la SCB, entre el 4 de abril y el 1 de julio de 2020 la persona que asumió el rol a modo de encargo y a la vez desempeñando las funciones propias de la autoridad encargada de la administración de riesgos de mercado, sin estar inscrito en el Registro Nacional de Profesionales del Mercado de Valores (RNPMV) en la medida en que no contaba con la certificación en la modalidad de directivo requerida para tal propósito. Esto a pesar de tener de tiempo atrás calidad de suplente del gerente de riesgos.

El 1 de julio de 2020, la comisionista modificó la estructura del área de riesgos y creó el cargo de vicepresidente de riesgos y oficial de cumplimiento en reemplazo del cargo de gerente de riesgos. Implementada esta modificación orgánica, Luis Eduardo Moreno Rojas fue designado en tal posición en la misma fecha. No obstante, AMV evidenció que solamente hasta el 23 de noviembre de 2020, Moreno Rojas obtuvo una certificación en la modalidad de directivo y por tanto hasta esa fecha fue gestionada su inscripción en el RNPMV.

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Es por ello que Moreno Rojas también fue multado por el AMV por haber ocupado dicho cargo sin contar con la certificación adecuada para dicha posición.

Por otra parte, el AMV conoció que entre el 1 de octubre de 2020 y la fecha de suscripción del acuerdo de terminación anticipada, la sociedad designó a 3 personas en el cargo de Gerente de Fondos de Inversión Colectiva sin acreditar una certificación ni estar inscritas en el RNPMV.

La investigación determinó que hubo tres gerentes de la comisionista que no contaron con las certificaciones obligatorias para el ejercicio de dichos puestos. Las Gerencias ocupadas sin las certificaciones exigidas por la ley fueron: Gerencia de Fondos de Inversión Colectiva, Gerencia de FICs no tradicionales en donde dos personas ocuparon el cargo, ambos sin la debida certificación. Adicionalmente, en septiembre de 2021 contrató un nuevo gerente de FIC con una certificación inactiva.

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AMV identificó que las situaciones mencionadas tienen origen en falencias de algunos de los procedimientos y controles asociados al cumplimiento del deber de certificación, los cuales no resultaran acordes con las exigencias establecidas por AMV en su Carta Circular Única y, por tanto, no fueron eficientes para prevenir, detectar y corregir oportunamente situaciones irregulares.

Así mismo, se evidenció en algunos casos ausencia de controles, así como inexistencia de suplentes certificados tanto para el Gerente de Riesgos como en el caso de los Gerentes de los Fondos de Inversión Colectiva.

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De acuerdo con documentos de la SCB, los controles frente al cumplimiento del deber de certificación de las personas naturales vinculadas estaban enfocados exclusivamente en verificar los vencimientos o renovaciones de la fuerza comercial de la SCB (operadores y asesores), sin gestión en relación con funcionarios que se iban a vincular a la SCB por primera vez para desempeñar cargos que requerían acreditar una certificación.

Tampoco se observó evidencia concreta del seguimiento al deber de certificación par parte de autoridad encargada de la administración de riesgo de mercado ni de los gerentes de fondos de inversión colectiva.

Finalmente, en relación con el cumplimiento del deber de certificación por parte de las personas naturales vinculadas que actúen como suplentes, si bien para diciembre de 2020 la SCB ajustó sus políticas e incluyó controles en esta materia, el AMV evidenció que a la fecha de la suscripción del acuerdo, la persona designada como suplente de la Vicepresidencia de Riesgos, continuaba sin acreditar la certificación ante AMV en la modalidad requerida, pese a que en los informes presentados ante la Junta Directiva el compromiso para obtener la certificación respectiva tenía como plazo de cumplimiento el 30 de agosto de 2021.

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En torno a esta conducta el Tribunal disciplinario de AMV, refiriéndose de manera concreta a la falta de certificación de las personas que ejercen el rol de autoridad interna en riesgo de mercado, ha indicando que tal tipo de omisión se considera grave dado que, al ser esta persona la encargada de diseñar y evaluar las metodologías para el manejo del tal tipo de riesgo, así como de monitorearlo para identificar y medir los riesgos de mercado, crédito y liquidez, la certificación requerida en la modalidad de directivo se convierte en un elemento determinante, pues, más que una formalidad, es una garantía que tiene como finalidad brindar confianza a los inversionistas y al mercado, e incluso al intermediario al que se encuentra vinculado, sobre la capacidad técnica y profesional, y la idoneidad para realizar las actividades correspondientes a su cargo.