Trabajo: los cambios en el contrato a plazo fijo que propone la Consulta Popular 2024 en Ecuador

La pregunta del casillero E de la papeleta de la consulta popular y el referéndum propone un cambio en el mercado laboral

Trabajo: los cambios en el contrato a plazo fijo que propone la Consulta Popular 2024 en Ecuador
19 de abril, 2024 | 01:42 PM

Se acerca el domingo 21 de abril, día en que millones de ecuatorianos irán a las urnas para responder a 11 preguntas de la Consulta Popular y el Referéndum 2024, propuestos por el presidente Daniel Noboa.

La médula de este llamado a la ciudadanía que propone Noboa es lograr una mejora en términos de seguridad y combate a la delincuencia. Sin embargo, existen algunas cuestiones que exceden a la temática, como por ejemplo la pregunta sobre cambios en el trabajo a plazo fijo.

Ver más: ¿Qué dicen las encuestas sobre la consulta popular que propuso Noboa en Ecuador?

Trabajo a plazo fijo

En casillero E, correspondiente a la consulta popular, pregunta a la ciudadanía lo siguiente:

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“¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República y reformar el Código de Trabajo para el contrato de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores, de acuerdo con el Anexo 4?”

El anexo de la pregunta también detalla las reformas que deberán incluirse en el Código de Trabajo. Si se aprueba, el texto del Artículo 14 especificará: El contrato individual de trabajo a tiempo indefinido es la modalidad típica de la contratación laboral estable o permanente, su extinción se producirá únicamente por las causas y los procedimientos establecidos en este Código. Se exceptúan de lo dispuesto en el inciso anterior:

  • Los contratos a plazo fijo
  • Los contratos por horas
  • Los contratos por obra cierta, que no sean habituales en la actividad de la empresa o empleador
  • Los contratos eventuales, ocasionales y de temporada
  • Los de aprendizaje
  • Los demás que determine la ley.

El Ministerio del Trabajo tendrá 30 días para emitir los acuerdos ministeriales que regularán los contratos a plazo fijo y por horas.

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¿Cómo funciona actualmente el contrato a plazo fijo?

El trabajo por horas fue prohibido mediante Constitución de 2008. El artículo 327 de la Constitución dice actualmente:

“Se prohíbe toda forma de precarización, como la intermediación laboral y la tercerización en las actividades propias y habituales de la empresa o persona empleadora, la contratación laboral por horas, o cualquiera otra que afecte los derechos de las personas trabajadoras en forma individual o colectiva”.

Asimismo, señala que el incumplimiento de obligaciones, el fraude, la simulación, y el enriquecimiento injusto en materia laboral se penalizarán y sancionarán de acuerdo con la ley.

Ahora bien, si se aprueba la consulta popular planteada por Noboa, ese artículo de la Constitución dirá:

“La relación laboral entre personas trabajadoras y empleadoras será bilateral y directa. Se prohíbe toda forma de precarización, como la intermediación laboral y la tercerización en las actividades propias y habituales de la empresa o persona empleadora, o cualquiera otra que afecte los derechos de las personas trabajadoras en forma individual o colectiva. El contrato a plazo fijo y por horas no constituyen formas de precarización laboral”.

En el anexo 12 de la pregunta se detalla que, de aprobarse esta consulta popular, el Ministerio del Trabajo deberá emitir un Acuerdo laboral para regular el trabajo por horas. Además, en ese documento, el Gobierno justifica el cambio en que se necesita una “flexibilidad” laboral para contener el aumento del desempleo y mejorar la competitividad del país. Y añade que, actualmente, hay más de 5 millones de personas trabajando en condiciones precarias o en el desempleo. Detalla que las provincias con índices más bajos de empleos adecuados son Napo, Morona Santiago, Pastaza y Chimborazo.